domingo, 14 de octubre de 2007

Villeda Ayala sólo declaró inconstitucionales los artículos 20 y 25


Juez federal desecha siete recursos
Alfredo Méndez
El juez federal José Manuel Villeda Ayala, titular del juzgado auxiliar creado para atender las demandas de amparo contra la nueva Ley del ISSSTE, desechó la mayoría de los argumentos presentados por abogados de decenas de burócratas inconformes con la entrada en vigor de dicha norma, además de que avaló la constitucionalidad de 13 artículos del mismo ordenamiento y sólo declaró inconstitucionales los artículos 20 y 25 de la misma ley.
Esta resolución se dio a conocer ayer en conferencia de prensa, al tiempo que los representantes legales de los trabajadores anunciaron que interpondrán los recursos de revisión para que un tribunal colegiado, primero, y luego la Suprema Corte, resuelvan en definitiva las demandas.
No obstante, el fallo no podrá ser ejecutoriado (cumplido) en tanto no concluyan en definitiva todas las instancias judiciales a que tienen derecho los trabajadores quejosos, como es el recurso de revisión, lo cual podría prolongar varios meses el litigio.
Además, la mayoría de los peticionarios del amparo cuentan con suspensiones definitivas.
Estas son en vías de amparo que impiden que se aplique en su perjuicio dicha ley, propuesta por el actual titular del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Miguel Ángel Yunes Linares.
Ayer, al final de la lectura de un comunicado con el que el juez Villeda Ayala dio a conocer las primeras siete sentencias de los juicios de amparo contra la nueva ley del ISSSTE, Eduardo Miranda Esquivel, presidente de la Unión de Juristas de México y representante legal de varios burócratas, se levantó del asiento en el que se encontraba para escuchar la conferencia de prensa y aseguró: “Esta resolución es absurda y necesariamente deberá ser conocida por la Suprema Corte”.
El litigante agregó: “Nosotros impugnamos una ley que contiene 254 artículos y 47 transitorios, y solamente nos dan la razón en dos artículos que son realmente superficiales, cuando se está desapareciendo el derecho de jubilación previsto en el artículo 123 constitucional, donde por parte del juez no se dijo nada”.
En su fallo, el juez auxiliar rechazó la mayor parte de los argumentos de miles de burócratas inconformes con este ordenamiento. Según consta en la resolución del juicio de garantías 141474/2007, el juzgador declaró constitucionales 13 artículos de la ley y desechó las demandas por lo que respecta a otros 18, tras considerar que los ordenamientos no afectan el interés jurídico de los servidores públicos.
El juez sólo se manifestó por la inconstitucionalidad de los artículos 20 y 25. El primero permite al ISSSTE ordenar el descuento hasta de 30 por ciento del salario en caso de que las dependencias omitan enviarle las cuotas correspondientes a los burócratas. El segundo artículo garantiza al organismo la posibilidad de suspender la prestación de sus servicios a las dependencias que dejen de pagar durante más de un año.
Entre los puntos fundamentales del fallo, que representa un revés judicial para los quejosos, el juez consideró legítimos artículos que permiten invertir en el sistema financiero los recursos del nuevo organismo denominado Pensionissste, del Fovissste y del fondo para préstamos personales, siempre y cuando no sean utilizados por los trabajadores al servicio del Estado.
La sentencia precisa que es constitucional el artículo 14 de la nueva Ley del ISSSTE, el cual estipula que “se recopilará y clasificará la información sobre los derechohabientes a efecto de formular escalas de sueldos, promedios de duración de los servicios que esta ley regula, tablas de mortalidad, morbilidad y, en general, las estadísticas y cálculos actuariales necesarios para encauzar y mantener el equilibrio financiero de los recursos y cumplir adecuada y eficientemente con los seguros, prestaciones y servicios”.
Las siete resoluciones son idénticas y fueron firmadas el pasado viernes. Sólo corresponden a siete de las más de 160 mil demandas de garantías promovidos hace siete meses por cerca de 500 mil burócratas.
En entrevista, el abogado Miranda Esquivel, quien tuvo acceso al fallo judicial, explicó que cada una de las siete sentencias consta de 218 páginas.
Según el litigante, el juzgador destacó que “la nueva ley del ISSSTE se hizo porque supuestamente pretende rescatar al organismo, con base en las consideraciones de los diputados y senadores, pero nunca dice de qué la va a rescatar.
“En general el fallo desestima los argumentos dados respecto de la desaparición del derecho de jubilación. Según el juez, al elevarse las cuotas a las partes involucradas representa un acto de equidad. Es decir, asimila el aumento porcentual de la aportación de los trabajadores al sistema de pensiones. Dice que es equitativo que ambos contribuyan, pero no toma en cuenta que el trabajador pagaría más que el Estado”, indicó.
A decir de Miranda Esquivel, “el amparo no toca la médula de la nueva ley, pues aunque dice que toca el fondo no lo hace, pues no analiza el problema de la jubilación. El juzgador hace equiparable el derecho de jubilación por el sistema de pensión de retiro, los cuales operan con criterios distintos. El sistema de jubilación es un derecho universal, solidario, en tanto que la pensión por retiro es un sistema de derecho probado que su monto dependerá de lo que el trabajador tenga ahorrado”, puntualizó el abogado.

No hay comentarios: